Por orden nacional ya no hay rebajón de impuestos, morosos a pagar si o si
- Categoría: Noticias de Pereira
- Publicado: Miércoles, 21 Octubre 2020 01:01
- Escrito por Hugo Orozco
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La Secretaría de Hacienda informó que el Decreto 678, artículo 7, por medio del cual se aplicaba el descuento del 20 % en el capital y el 100 % en los intereses, ha sido declarado inexequible a través de comunicado expedido por la Corte Constitucional.
Como se recuerda el 9 de mayo del 2020 el Gobierno Nacional expidió el Decreto 678, por medio del cual se establecían medidas para la gestión tributaria, financiera y presupuestal de las entidades territoriales en el marco de la emergencia económica, social y
ecológica.
En su artículo 7 contemplaba que con el objetivo de que las entidades territoriales recuperaran su cartera y generaran mayor liquidez, podían aplicar los descuentos a los impuestos, tasas, contribuciones y multas pendientes de pago a la entrada de la vigencia presente, descuentos como el 20 % de descuento en el capital y el 100 % en los intereses hasta el 31 de octubre.
Tras verificar que las estrategias de recaudo tributario que cubrían dichas disposiciones pertenecían al fuero de autonomía de las respectivas entidades territoriales, se determinó que ambos artículos reprobarían los juicios de necesidad y de contradicción con la Constitución, así que la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto 678.
Al respecto, la secretaria de Hacienda Dora Patricia Ospina explica que “laSecretaría de Hacienda, en obediencia a esta decisión de la Corte debe desmontar inmediatamente los descuentos y sus aplicaciones en la facturación y recaudo de estos beneficios, ya que en cumplimiento de la norma quienes deben hacer los comunicados y publicar sentencia para su obediencia es directamente la Corte.